El 13 de noviembre de este año, el Senado de la República divulgó, a través del Diario Oficial de la Federación, la Declaratoria de inicio de funciones de la primera etapa de implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral, que tendrá verificativo a partir del 18 de noviembre de 2020.
Se cumple así con la obligación establecida en los artículos Quinto y Sexto Transitorio, del decreto publicado en el mismo órgano oficial de difusión, el uno de mayo de dos mil diecinueve.
Son muchas las expectativas que se tienen con el nuevo modelo de Justicia Laboral. Baste recordar que en los llamados Diálogos por la Justicia Cotidiana, se expresó que: "...tener acceso a un tribunal para resolver los conflictos más comunes no es suficiente en México. [...] Actualmente, las injusticias se asoman en lo ordinario. Requerimos no sólo que los tribunales protejan al indefenso, sino que lo hagan de manera expedita y, principalmente, que nuestros conflictos se resuelvan de fondo y todos tengan certeza sobre sus derechos."
Cuando ocurrieron dichos diálogos, las problemáticas detectadas en el sistema tripartita de impartición de justicia laboral, se clasificaron en dos grandes rubros:
- Al interior de las Juntas de Conciliación y Arbitraje [JCA], y
- Los que tienen que ver con los justiciables.
Problemáticas al interior de las JCA
Respecto a la primera categoría, las críticas en torno al actuar de las JCA fueron las siguientes:
- Desaprovechamiento de la conciliación;
- Falta de modernización y agilización de los procedimientos;
- Falta de implementación del juicio en línea;
- Carencia de un órgano que supervise su funcionamiento;
- Falta de adoptar la obligatoriedad de criterios por reiteración;
- Deficiencias en la implementación de un servicio civil de carrera;
- Limitación y cuestionamiento a su independencia (principalmente a nivel local);
- Insuficiencia de mecanismos que promuevan los convenios fuera de juicio;
- Dificultad en la ejecución de laudos;
- Retraso en la práctica de notificaciones y exhortos;
- Insuficiencia administrativa, y
- Prácticas de corrupción.
Problemáticas que tienen que ver con los justiciables
La abogacía usuaria del sistema tripartita de justicia laboral, también contribuyó a generar múltiples obstáculos, tales como:
- Uso indebido de la conciliación;
- Búsqueda de disminuir las obligaciones al mínimo legal;
- Simulación del abandono del empleo, para esconder un despido;
- Despidos injustificados que simulan renuncias u ofertas de reinstalación;
- Abuso del principio de oralidad;
- Ofrecimiento excesivo de pruebas;
- Abuso en la promoción de juicios de amparo;
- Contratos de protección laboral;
- Sindicatos fantasma que desconocen los trabajadores;
- Demora en los recuentos sindicales;
- Casos de extorsión o emplazamientos a huelga para lograr la firma de un contrato colectivo de trabajo [CCT], y
- Vicios en las disputas por la titularidad de un CCT.
La reforma constitucional y legal que provocó el surgimiento de la Nueva Justicia Laboral, no solo busca satisfacer exigencias impuestas a nuestro país a nivel internacional, sino también hacer realidad el anhelo contenido en el apotegma de José María Morelos y Pavón:
"Que todo aquel que se queje con justicia, tenga un Tribunal que lo escuche, lo ampare y lo proteja contra el fuerte y el arbitrario".
¿Se abatirán las problemáticas a las cuales se hizo alusión en los Diálogos por la Justicia Cotidiana (y que narramos con antelación), con los Tribunales Laborales? Todos los que estamos involucrados en el ejercicio de la abogacía tenemos la esperanza que así sea.
Nuestro país se lo merece. Ojalá que todos, operadores jurisdiccionales; litigantes; patrones, y trabajadores, estemos a la altura de las circunstancias.
Referencias: Diálogos por la Justicia Cotidiana. Diagnósticos conjuntos y soluciones. México: Gobierno de la República. Disponible en https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/83995/DIALOGOS_POR_LA_JUSTICIA_COTIDIANA..pdf [Fecha de consulta: 13 de noviembre de 2020].
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